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La catedrática Emilia Drumeva: “No hay problema constitucional para votar por Internet”

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Foto: BGNES

Como quedó claro el martes, el Parlamento decidió que el 25 de octubre del presente junto con las elecciones municipales se celebre un referendo de una sola pregunta: si se ha de implementar la votación electrónica. 

La votación por Internet daría la posibilidad a los ciudadanos búlgaros por el mundo poder participar plenamente en el proceso electoral. Pero hay algo que desde hace dos días se baraja en el espacio público y puede desalentar a los electores: el Tribunal Constitucional se ha pronunciado en contra de la votación electrónica por Internet. Sin embargo, esto no es verdad. Sí, hay una resolución número 4 de 2011 del Tribunal Constitucional en que el párrafo 11 del entonces vigente Código Electoral se declara anticonstitucional. La catedrática Emilia Drumeva que era relatora de la causa constitucional número 4 explica:

“En esta resolución, el Tribunal señala con claridad que la propia votación electrónica por Internet no es anticonstitucional, ya que este tipo de votación existe en muchos países. ¿Qué es lo que movió entonces al Tribunal Constitucional de hablar de anticonstitucionalidad? Son los componentes concretos del ordenamiento tal y como figuraba en el párrafo 11 de la Ley Electoral. Cómo se procede exactamente, cómo se calculan los votos, si hay un error se aniquilan todos los votos del mismo pull. Comentando estos detalles del ordenamiento, el Tribunal Constitucional ha llegado a la conclusión de que el ordenamiento concreto y no la votación electrónica por Internet no ofrece garantías en dos direcciones: del derecho personal de votar y de guardar el secreto del voto. Hubo otra causa para esta resolución: si es una votación por Internet entonces todo el ordenamiento debe someterse a las reglas generales de la Ley de comunicaciones electrónicas, que ahora también es vigente. Según esta ley, los datos que tienen los suministradores de servicios de Internet deben ser conservados más largo tiempo, locual entra en contradicción con el secreto del voto, con la inviolabilidad de la información sobre la votación realizada. Así en 2011, el Tribunal Constitucional llegó a la conclusión de que la votación electrónica en sus diferentes variantes es una posibilidad adecuada a las realidades contemporáneas que amplía la participación democrática de los ciudadanos búlgaros siempre y cuando haya sido garantizado eficazmente el secreto del voto. Desde el punto de vista del momento actual agregaré que el legislador debe adoptar pasos decisivos con el fin de crear una identidad electrónica de cada ciudadano búlgaro. Otro componente que agrego como un requisito obligatorio es que nuestra atención debe estar orientada a los especialistas en tecnologías de información de quienes esperamos el diseño de un modelo tecnológico que ofrezca las garantías deseadas”. 

Nikolay Nedialkov, director ejecutivo de Servicios de Información, opina lo siguiente sobre el mismo tema:

“En lo que a la votación electrónica se refiere, hay algunos componentes que se deben respetar. En primer lugar, hace falta una tecnología y un mecanismo para garantizar el anonimato del voto. En segundo, la tecnología debe obstaculizar el voto reiterado y registrar solo una votación. En tercer lugar es necesario un mecanismo que no permita mostrar ante una tercera parte a quién hemos votado. Este es un mecanismo muy importante cuando se trata de la compra de votos. El cuarto principio tiene que ver con la combinación de elementos tecnológicos y la organización de modo que las personas que deseen votar por Internet puedan hacerlo solamente una vez. ¿Qué significa esto? La votación electrónica se efectúa entre 4 y 10 días antes de la fecha oficial de las elecciones. En este periodo cada uno puede votar en varias ocasiones y se registra solamente la última votación electrónica. El día del voto, si lo desea, el elector puede acudir a las urnas. Cuando se vota por Internet cada uno obtiene en su ordenador o correo electrónico una nota electrónica especial que verifica que ha votado. Cuando termine la jornada electoral, la Comisión electoral publica la base de datos y cada uno puede averiguar si su voto ha sido registrado. Los mecanismos implementados no permiten presión sobre las personas. Cada país implementa el voto electrónico de diferente manera. En algunos lugares hace falta una firma electrónica, en otros una identidad electrónica, en terceros un sms. Lo importante es el ordenamiento del propio Estado, la infraestructura que tiene y la manera en que se organizan las elecciones”.

Versión en español por Hristina Taseva



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